El sábado 16 de febrero se publicó en el B.O.E. el Real Decreto 72/2019, de 15 de febrero, por el cual se regula el programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES).
Este nuevo programa de ayudas cuenta con un presupuesto de 45 millones de euros y va destinado a la compra de vehículos alternativos (PHEV, EREV, EV, BEV, Pila combustible (FCV, FCHV) para todas las categorías y GLP / Autogas, GNC, GNL o bifuel solo por N2 y N3), la instalación de infraestructuras para la recarga de vehículos eléctricos, el desarrollo de incentivos para implantar sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas y la implantación de medidas en planes de transporte a los centros de trabajo.
El importante del plan para el sector del tratamiento de los vehículos fuera de uso es que para la adquisición de vehículos M1 y N1 será requisito necesario que se acredite la baja definitiva de un vehículo en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico, mediante la presentación del correspondiente certificado acreditativo de la baja definitiva del vehículo emitido por parte del correspondiente Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos (CAT). El vehículo a desguazar tendrá que ser, indistintamente, de categoría M1 o N1 y tener una antigüedad mayor a diez años en el caso de la categoría M1, y mayor a siete años en el caso de la categoría N1. Adicionalmente, e independientemente de su categoría, el vehículo a desguazar tendrá que haber tenido en vigor la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) a la entrada en vigor de este Real Decreto.
La cuantía de las ayudas del programa para la adquisición de vehículos alternativos variará en función de varios aspectos pero se pueden resumir en:
- Para Turismos (M1): desde 1.300 euros hasta 5.500 euros en función de su autonomía en manera exclusivamente eléctrico. El precio del vehículo no podrá superar los 40.000 euros (45.000 si es para personas con discapacidad y movilidad reducida y para familias numerosas).
- Para N1, N2 y N3 PHEV, EREV, EV, Pila de combustible (FCV, FCHV) desde los 6.000 hasta los 15.000 euros.
- Para las motos desde 600 a 800 euros.
- Para N2 y N3 de GNC, GLP / Autogas o bifueldesde los 4.000 a los 15.000 euros.
Las ayudas se tendrán que tramitar ante los órganos competentes que designen las Comunidades Autónomas en sus convocatorias que tendrán que efectuar en el plazo de dos meses desde la entrada en vigor del Real Decreto.